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SAGARPADel Componente Coordinación para la Integración de Proyectos Artículo 17. Se otorgarán apoyos exclusivamente a las organizaciones sociales del sector rural, legalmente constituidas, que no persigan fines de lucro y/o político y cuyo objeto social les permita desarrollar, entre otras, las actividades previstas por el artículo 143 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. Con estos (Quinta Sección-Vespertina) DIARIO OFICIAL Miércoles 18 de diciembre de 2013 apoyos se buscará la modernización de las organizaciones sociales mediante la profesionalización, comunicación, equipamiento y gastos inherentes. Se aprobarán montos de apoyo de hasta $2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil pesos), en rubros para profesionalización, equipamiento, comunicación y gastos inherentes, como se definen a continuación. I. Profesionalización.- Pago por servicios profesionales que requiera la organización social para capacitación, principalmente para pago de personas físicas o morales que mejoren las capacidades de sus técnicos y agremiados en los ámbitos de organización y gestión. II. Equipamiento.- Este concepto contempla la adquisición de mobiliario y equipo de cómputo y para oficina; programas de cómputo, refacciones y accesorios para el equipo de cómputo; mantenimiento y conservación de instalaciones en cuyo concepto serán considerados los materiales de construcción, estructuras y manufacturas, materiales complementarios, material eléctrico y electrónico; III. Comunicación.- Gastos destinados a bienes y servicios para la realización de eventos relacionados con la vida interna de la organización (Asambleas, talleres y seminarios), y que tengan por objeto comunicar a los agremiados de la organización los resultados de la actuación de la directiva; decisiones de diverso orden que favorezcan a la organización y transmitir nuevos conocimientos técnicos de interés o bien para discutir problemas específicos de la organización y plantear propuestas de solución. También se apoya material de difusión y promoción para el fortalecimiento de la organización. Este rubro no cubre el pago para la realización de Congresos, Convenciones y Foros. IV. Gastos Inherentes a la Ejecución del Plan de Trabajo.- Son aquellos derivados de la operación general de la organización para la ejecución del Plan Anual de Trabajo apoyado, como pasajes, hospedajes y alimentación para los representantes y agentes operativos de las Organizaciones Sociales, incluyendo gastos para contar con asesoría profesional externa hasta el 3% del total del apoyo. El apoyo en el concepto comunicación será de hasta el 25% del apoyo total autorizado para el Plan Anual de Trabajo y en gastos inherentes hasta por 30% del apoyo total autorizado para el Plan Anual de Trabajo. Artículo 18. Además de los requisitos generales establecidos en el artículo 7 fracción I-C de esta regla, se deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. Presentar solicitud de apoyo en el formato específico de este Componente (ANEXO V). II. Tener por lo menos 3 años de constitución legal (acta constitutiva protocolizada ante notario público). III. Acta de asamblea del objeto social vigente. IV. Acuse del informe anual de actividades del ejercicio inmediato anterior presentado ante el INDESOL. V. Demostrar representación de la organización en por lo menos 5 Entidades Federativas. Acreditación mediante constancia emitida por la delegación estatal de SECRETARÍA y/o el Secretario de Desarrollo Agropecuario del estado (SEDAGRO) o equivalente en el estado. VI. Carta finiquito del ejercicio 2013, emitida por la Instancia Ejecutora y que actualmente se llama Componente Coordinación para la Integración de Proyectos del Programa Integral de Desarrollo Rural. VII. Acreditar que no se ha recibido o se está recibiendo apoyo para el mismo concepto del Componente por otra vía del gobierno federal. VIII. Presentar Plan Anual de Trabajo; Plan de mediano y largo plazo. (Impreso y en medio magnético). IX. Cuenta bancaria productiva: documento emitido por institución bancaria, que demuestre que la organización tiene una cuenta que genere productos financieros o intereses. Para el caso de las organizaciones sociales que hayan solicitado apoyo en años anteriores podrán no presentar documentación de los requisitos básicos de la organización siempre y cuando esta información se encuentre vigente, tales como el Acta Constitutiva, RFC o CURP, por ejemplo. Miércoles 18 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Quinta Sección-Vespertina) No podrán acceder a este Componente, las Organizaciones que hayan ingresado solicitud de apoyo para el Componente Fortalecimiento a las organizaciones rurales establecido en el artículo 34 de esta regla de Operación. Artículo 19. El procedimiento de selección será conforme a lo siguiente: Las solicitudes son analizadas y dictaminadas conforme al cumplimiento de los requisitos legales y técnicos que serán indicados en los Lineamientos Operativos para el Componente Coordinación para la Integración de Proyectos y la Convocatoria correspondiente. Artículo 55 y ANEXO VI. Artículo 20. Son participantes para el presente Componente: I. Unidad Responsable: Coordinación General de Enlace Sectorial. II. Instancia Ejecutora: Coordinación General de Enlace Sectorial. La Coordinación General de Enlace Sectorial a través de la Dirección de Acuerdos y Convenios supervisará el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las organizaciones beneficiarias. La supervisión se realizará en una muestra de al menos el 20 por ciento de las organizaciones apoyadas, la cual, se seleccionará mediante un procedimiento aleatorio. La supervisión consistirá exclusivamente en verificar la ejecución del Plan Anual de Trabajo aprobado a la organización social, mediante la verificación de los comprobantes fiscales de las acciones de Profesionalización, Equipamiento, Comunicación y Gastos Inherentes de dicho Plan. Esta supervisión se hará de conformidad con el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, y de las evidencias documentales derivadas de las acciones de profesionalización, equipamiento, comunicación y gastos inherentes al Plan Anual de Trabajo. Para este propósito se podrán realizar visitas, revisiones de gabinete, seguimiento vía comunicación telefónica, correo electrónico y otras acciones. |
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